Normas generales

 

 

 

NORMAS DE CONVIVENCIA UNIVERSITARIA

Los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid establecen, como funciones de la Universidad, el servicio a la sociedad, no sólo en la transmisión y difusión del conocimiento, sino también en cuanto a la formación en valores ciudadanos de los miembros de la comunidad universitaria. En este sentido, el ambiente que debe existir en la Facultad de Medicina ha de caracterizarse por la salvaguarda del respeto, como valor indispensable, a todos los sectores de esa comunidad (estudiantes, profesores, personal de administración y servicios). Por ello este Decanato considera necesario destacar los aspectos básicos que se enumeran a continuación, todo los cuales es esperable que se cumplan por todos los miembros de la Facultad de Medicina, en su condición de universitarios y, más concretamente, de miembros de institución:

  1. Cuidar y usar correctamente las instalaciones, los bienes, los equipos y los recursos de la Facultad para que todos puedan disfrutar de ellos.
  2. Tratar con la debida consideración y respeto a todos los miembros de la comunidad universitaria.
  3. Llevar en todo momento una indumentaria e higiene adecuadas y acorde al comportamiento que se espera de un miembro de la Universidad Complutense y de la Facultad de Medicina, especialmente si entre sus actividades se encuentra la relación personal con los pacientes.
  4. Abstenerse de participar o cooperar en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen en el curso o en documentos oficiales de la Universidad.
  5. Extremar el respeto por los pacientes y sus familiares, cuando las actividades se realicen en un centro hospitalario, tanto en el comportamiento general como en el lenguaje y las expresiones.
  6. Abstenerse de fumar, en todo momento, dentro de las instalaciones de la Facultad y, ni que decir tiene, en los centros hospitalarios (Ley 28/2005)Abstenerse de consumir alimentos o bebidas (excepto agua) en el interior de las aulas y, ni que decir tiene, de ingerir bebidas alcohólicas.


Los hechos y actitudes que conlleven el incumplimiento de lo anteriormente expuesto pueden suponer un atentado contra la convivencia y el respeto académico irrenunciable entre los miembros de la comunidad universitaria. Por ello, la falta de observación de estas normas puede ser motivo suficiente para incoar el correspondiente expediente académico.


Madrid, Julio 2015

 




NORMATIVA DE EVALUACIÓN DE ASIGNATURAS EN LA FACULTAD DE MEDICINA DE LAUNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID



Aprobado en la Junta de Facultad de 5 de Julio de 2012

Este documento hace referencia al funcionamiento de los procedimientos deevaluación de la Facultad de Medicina de la UCM.

IMPORTANTE: Antes del comienzo del curso el estudiante deberá cumplimentar yenviar los formularios de Compromiso Ético correspondientes a su estudio de Grado y curso, que se encuentran en la página de docenciade la web de la Facultad de Medicina: https://medicina.ucm.es/docencia-terapia-ocupacional

SOBRE LA EVALUACIÓN DE UNA ASIGNATURA

  1. Los Departamentos de la Facultad de Medicina propondrán los criterios y sistemas de evaluación en las asignaturas de las titulaciones en las que impartan docencia, que serán aprobados por la Comisión de Docencia y por la Junta de Facultad.
  2. La información sobre los criterios y sistemas de evaluación de una asignatura deberá detallarse en la ficha docente de la misma, publicándose al comienzo del curso en el “Libro de ordenación académica” o Guía de la titulación, así como en la página web de la Facultad https://medicina.ucm.es/fichas-asignaturas,-terapia-ocupacional y https://medicina.ucm.es/asignaturas-optativas,-to. De ello se dará cuenta a los estudiantes en clase.
  3. Es responsabilidad del coordinador de cada asignatura o del responsable del grupo docente el mantener dicha ficha actualizada y disponible con anterioridad al comienzo del periodo lectivo.
  4. Los criterios y sistemas de evaluación establecidos para una asignatura al principio de cada periodo lectivo sólo podrán modificarse durante el curso cuando exista acuerdo entre los profesores y los representantes oficiales de los estudiantes. En esta circunstancia será necesaria la aprobación por la Junta de Facultad y por el Consejo del Departamento responsable de la docencia de la mencionada asignatura.
  5. Las calificaciones de las pruebas se harán públicas por el responsable de la asignatura mediante una lista oficial en los tablones del Departamento habilitados al efecto o en otro lugar público previamente anunciado. Se promoverá la incorporación de las nuevas técnicas de la información para la comunicación con el estudiante. Si las notas se publicaran en la página web, deberá ser en un espacio reservado al que sólo pueda accederse mediante la oportuna contraseña.


DE LOS EXÁMENES DE LAS ASIGNATURAS

  1. El calendario de los exámenes de las asignaturas de las titulaciones impartidas por la Facultad de Medicina se aprobará cada año por la Comisión de Docencia de la Facultad y luego por la Junta de Facultad.
  2. Los estudiantes tendrán derecho a ser evaluados objetivamente en sus conocimientos con posibilidad de revisión e impugnación de las calificaciones. A los estudiantes con discapacidad el profesor de la asignatura debe facilitarles la realización de pruebas y exámenes en condiciones acordes con sus discapacidades.
  3. La duración máxima de cada sesión de examen será de tres horas. En caso de requerirse un tiempo superior para un mismo examen, se espaciará en dos sesiones, con un descanso mínimo de treinta minutos entre ellas.
  4. El calendario de exámenes para cada titulación se publicará con antelación al periodo de matricula, de acuerdo a los plazos establecidos por la normativa de la UCM, con el fin de que el estudiante pueda planificar su asistencia a dichos exámenes.



Certificado de carencia de delitos de tipo sexual

NORMATIVA QUE REGULA EL PROTOCOLO DESTINADO A ASEGURAR Y PROTEGER EL DERECHO A LA INTIMIDAD DEL PACIENTE POR LOS ESTUDIANTES

Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud. Publicado en: «BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2017, páginas 8277 a 8289 (13 págs.) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-1200

Dicho certificado se puede solicitar en el siguiente enlace http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/certificado-delitos


Normas de ordenación académica


 

CAMBIO DE GRUPO DOCENTE U HOSPITAL

No existe posibilidad de cambiar el grupo docente, ya que el grupo es único.

 

MODIFICACIÓN DE MATRÍCULA

Se admitirán a trámite las solicitudes de modificación de matrícula que se soliciten mediante el formulario específico que encontrará en el siguiente enlace: https://medicina.ucm.es/formularios,  hasta el 30 de septiembre de 2015.

 Las solicitudes de modificaciones de matrícula presentadas con posterioridad a esta fecha, deberán ir dirigidas al Ilmo. Sr. Decano de la Facultad de Medicina y debidamente justificadas mediante documento acreditativo de la causa que lo motiva.

 

 

ANULACIÓN DE MATRÍCULA

La anulación de matrícula se regirá por la Normativa General de la UCM (http://www.ucm.es/matricula-de-grado).

 

 

PERMANENCIA EN LA UNIVERSIDAD Y ANULACIÓN DE CONVOCATORIAS

En cada curso académico, el estudiante dispone de dos convocatorias oficiales de examen, excepto cuando le quede una única convocatoria disponible.

Los estudiantes de primer curso que en las dos convocatorias de que disponen en el año académico no hayan superado al menos una asignatura básica u obligatoria, sin causa que lo justifique, no podrán proseguir los estudios en los que estuvieran matriculados en esta Facultad.

 El estudiante dispone, como máximo, de 6 convocatorias para superar una asignatura.

 La Comisión Permanente de la Junta de Facultad, en su sesión de 9 de junio de 2005, acordó la anulación automática de la convocatoria de examen de una asignatura en caso de no presentación del estudiante. La anulación de convocatoria NO lleva implícita la anulación de la matrícula de dicha asignatura, por lo que contabilizará a efectos del pago de sucesivas matrículas.

 

 

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA

Los estudiantes que en una asignatura hayan agotado las 6 convocatorias legalmente establecidas, quedarán excluidos de los estudiosy, por tanto, no podrán proseguirlos en esta Facultad.

 No obstante, podrán solicitar, ante el Rector, la concesión de la séptima convocatoria de gracia para lo que deberán presentar su solicitud en el Vicerrectorado de Estudiantes.

 El estudiante a quien se haya concedido la convocatoria de gracia podrá utilizarla únicamente en el curso académico para el que se le ha concedidoexaminándose ante el Tribunal correspondiente.

 

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA FIN DE CARRERA (FEBRERO)

 

ESTUDIOS DE GRADO

Podrán solicitar la convocatoria extraordinaria de exámenes fin de carrera (Convocatoria de Febrero) los estudiantes a quienes les falte para finalizar sus estudios un máximo de 30 créditos. Dichos créditos deben corresponder a asignaturas que no sean en primera matrícula o que se cursen en el primer cuatrimestre del año académico en el que solicita la convocatoria extraordinaria. No es necesario que los créditos del Trabajo Fin de Grado hayan sido matriculados con anterioridad.

 Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Decano, se presentarán en el Registro de la Facultad.

  

 

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES

Será requisito previo a la resolución del reconocimiento de créditos estar matriculado en las asignaturas cuyo reconocimiento se solicita.

 El estudio del Reconocimiento de créditos, conllevará el abono previo de los siguientes importes:


    • Desde estudios realizados en centros españoles: 35 euros.
    • Desde estudios realizados en centros extranjeros: 70 euros.
  •  

 Los impresos correspondientes para realizar dicho abono en la entidad bancaria, se recogerán en la Secretaría de Alumnos de la Facultad.

 Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Facultad del 1 de septiembre al 30 de octubre, siendo necesaria la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de solicitud.

  • Certificación académica de los estudios realizados.

  • Programa oficial de las asignaturas cursadas (sellado por la Universidad en la que se realizaron los estudios).

  • Fotocopia del resguardo del abono realizado en la entidad bancaria.

      NORMATIVA

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES FORMATIVAS

GRADO

Reconocimiento de Créditos Optativos

Pueden reconocerse hasta un máximo de 6 ECTS por actividades universitarias (BOUC 10 septiembre 2010- www.ucm.es/bouc/pdf/1295.pdf). Los estudiantes podrán solicitar el reconocimiento de créditos por la realización de las actividades contenidas en el reglamento. Para ello, los interesados deberán obtener la credencial de haber realizado la actividad formativa con el Vº Bº del Vicerrectorado competente, en la que figuraran los créditos obtenidos por dicha actividad.

 La incorporación de los créditos optativos reconocidos por este procedimiento al expediente del estudiante se realizará en la matrícula del curso inmediato siguiente, o posteriores, dependiendo del momento de presentación de la solicitud del reconocimiento de la actividad, y se reflejarán como créditos superados sin calificación.

 Excepcionalmente, a lo largo del mismo curso en que se realice la actividad, podrán incorporar los créditos a su expediente aquellos estudiantes que estén en condiciones de finalizar los estudios, o que deseen trasladar su expediente a otro Centro o siempre que concurra alguna situación extraordinaria.

 Plazo de solicitud del Reconocimiento y Matriculación de Créditos Optativos por Actividades Formativas:del 1 de septiembre al 30 de octubre. Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Facultad junto con el original del certificado acreditativo expedido por el Vicerrectorado competente.

 Una vez comprobado por la Secretaría del Centro que el estudiante reúne los requisitos establecidos por el Reglamento para su matriculación, se remitirá el correspondiente resguardo y/o recibo.

 

INFORMACIÓN PRÁCTICAS CURRICULARES

   Los estudiantes del Grado en Terapia Ocupacional que estén interesados en realizar PRACTICAS EXTRACURRICULARES, podrán solicitarlas a la OFICINA DE PRÁCTICAS Y EMPLEO (OPE) de la Universidad Complutense de Madrid.

 Estas PRACTICAS CURRICULARES se podrán realizar en cualquier centro elegido por el estudiante, que tenga convenio firmado con la OPE, y  que NO forme parte de los centros con convenio firmado, correspondientes a las prácticas curriculares para el Grado en Terapia Ocupacional de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense.

 .

SERVICIOS EN INTERNET

Los estudiantes matriculados pueden consultar su expediente académico, la matrícula realizada y el resumen de créditos (superados y pendientes) a través del siguiente enlace www.ucm.es/ucm-en-linea

 Para poder hacer uso de estos servicios es necesario registrarse como usuario. Para darse de alta o recuperar los datos de acceso existe un gestor de acceso en la propia página web.

SECRETARÍA DE ALUMNOS


Horario de atención al público: de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas.

Teléfonos:

Jefe de Secretaría: 91 394 20 73

Grado, Primer y Segundo Ciclo: 91 394 13 28

Másteres Oficiales: 91 394 71 70

Doctorado: 91 394 71 70

Tesis Doctorales: 91 394 13 27

Títulos Propios: 91 394 13 24

Fax: 91 394 20 80

Correo electrónico: secre.alumnos@med.ucm.es

Web: https://medicina.ucm.es/secretaria-de-alumnos

 

 

 

 

PROGRAMAS DOCENTES DE MOVILIDAD

1. SICUE

El Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles permite que el estudiante de las Universidades españolas pueda realizar una parte de sus estudios en otra Universidad distinta a la suya, con garantías de reconocimiento académico y de aprovechamiento, así como de adecuación a su perfil curricular. Este sistema de intercambio tiene en cuenta el valor formativo del intercambio, al hacer posible que el estudiante experimente sistemas docentes distintos, incluidos el régimen de prácticas, así como los distintos aspectos sociales y culturales de otras Autonomías y ciudades autónomas.

Cada Universidad realiza la convocatoria del intercambio con todas las plazas de los acuerdos bilaterales que haya firmado. Dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente (fecha de publicación aprox.: mes de enero) y ateniéndose a los requisitos de la convocatoria, los estudiantes interesados deberán rellenar el impreso de solicitud correspondiente especificando los destinos seleccionados.

La selección de las candidaturas se hará en base a la nota media del expediente.

Una vez adjudicadas y aceptadas las plazas, los estudiantes deberán enviar su acuerdo académico a la Universidad de destino dentro del plazo establecido por ésta (en todo caso antes del 15 de julio). Los acuerdos de estudios deberán ser suscritos por la Vicedecana de Relaciones Institucionales y por el Ilmo. Sr. Decano de la Facultad ANTES de su envío a la Universidad de destino. Los estudiantes podrán cursar estudios en la Universidad de destino que conlleven el reconocimiento en la UCM de un mínimo de 45 ECTS y un máximo de 60 ECTS para un curso completo (excepcionalmente se podrá autorizar el reconocimiento de una o dos asignaturas adicionales). No se podrá obtener reconocimiento de asignaturas suspensas en la UCM.

 

2. LLLP-ERASMUS

El Programa de Aprendizaje Permanente LLLP-Erasmus de la Unión Europea tiene como objetivo principal la movilidad de estudiantes entre los distintos países europeos, con vistas a la cooperación académica interuniversitaria y al reconocimiento oficial en la universidad de origen de los estudios cursados en la Universidad extranjera de destino, por un periodo mínimo de 3 meses y hasta un máximo de un curso académico completo, con la correspondiente adecuación en el número de créditos que se pueden matricular (15 ECTS para un trimestre, 30 ECTS para un semestre y 60 ECTS para un curso académico completo, admitiéndose una variación de un 10% en los créditos matriculados).

Su principal objetivo es el intercambio de estudiantes que estén matriculados en la Universidad Complutense de Madrid en el curso en cuestión en estudios conducentes a la obtención de un Título Oficial. Los estudiantes deben:

  • Tener nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, países de la AELC (Noruega, Islandia, Liechtenstein), y Turquía, o tener el estatuto de residente permanente, apátrida o refugiado en España.

  • Estar cursando segundo curso o posteriores teniendo superados en el momento de la solicitud al menos el 80% de los créditos de primer curso.

  • No haber disfrutado con anterioridad de otra beca o plaza Erasmus.

  • Tener conocimiento de la lengua de estudio en la institución de destino solicitada, de acuerdo con la oferta de plazas (Nivel mínimo exigido B1, pudiendo ser superior según el destino).

  • Cumplir con los requisitos específicos de la convocatoria.

 Dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente (fecha de publicación: noviembre-diciembre) y ateniéndose a los requisitos generales y específicos de la convocatoria, los estudiantes interesados deberán rellenar el impreso de solicitud correspondiente especificando los destinos seleccionados (entre aquellos ofertados por la Facultad) y el/los idioma(s) extranjero(s) elegido(s).

Los solicitantes deberán someterse a una prueba de nivel de idioma extranjero también en los términos establecidos en la convocatoria correspondiente.

Las solicitudes serán analizadas por los miembros de la Comisión Erasmus de la Facultad. En la selección de las candidaturas se aplicarán los siguientes criterios:

  1. Puntuación media del expediente académico.

  2. Resultado de la prueba de nivel del idioma extranjero.

  3. Méritos específicos que exija la convocatoria correspondiente.

 

3. NORMAS GENERALES PARA LOS PROGRAMAS DOCENTES DE MOVILIDAD

En la Facultad de Medicina existen dos principales programas de movilidad para estudiantes:  el  programa  SICUE  (Sistema  de  intercambio  entre  centros  universitarios españoles),  que  permite  el  intercambio  de estudiantes entre instituciones españolas, y el programa Erasmus +, que permite el intercambio  de  estudiantes  entre  instituciones  europeas.  En  los  últimos  años  las Universidades  españolas  y  europeas  han  experimentado  grandes  cambios  en  la programación  de  sus  estudios  y  esto,  asociado  al  incremento  en  el  número  de estudiantes que participan en estos programas, ha obligado a una revisión de algunas normas referente a dichos intercambios.

De acuerdo con esto, y para atender a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de  todos  los  participantes  y  garantizar  la  formación  de  los  estudiantes  se  han establecido una serie de normas para los estudiantes de esta Facultad que participan en  los  programas  de  intercambio.  Estas  normas  tendrán  efecto  para  todas  las movilidades  (incluidos  convenios  internacionales)  que  se  soliciten  para  los  cursos académicos 2015-16 en adelante:

1.   Para poder participar en un programa de movilidad, el estudiante debe haber superado  al  menos  un  65  %  de  los  créditos  que  le  corresponden  por  años académicos  finalizados.  Como ejemplo, en el curso académico 2012‐13, un estudiante que solicita beca para el curso 2013‐14 y que inició sus estudios en el 2008‐09, deberá haber aprobado al menos 0,65*4*60 = 156 ECTS si está en Grado.  Además,  deberá  haber  cursado  al  menos  un  curso  académico  en  la UCM.

2.   No se podrán obtener por reconocimiento asignaturas previamente suspensas en la UCM.

3.   Las  siguientes  asignaturas  no  se  podrán  obtener  por  reconocimiento  de estudios  en  el  extranjero:  Bases  legales  de  la  Medicina  y  Medicinal  Legal  y Toxicología (Grado de Medicina), Deontología y Legislación Sanitaria  y Trabajo Fin  de  Grado  (Grado  de  Nutrición  Humana  y  Dietética)  y  Sociología,  Bioética, Legislación  Sanitaria,  Salud  Pública,  Promoción  para  la  Salud  y  Trabajo  Fin  de Grado (Grado en Terapia Ocupacional). En Medicina, el Trabajo Fin de Grado se podrá  realizar  pero  deberá  ser  tutorizado  por un  Profesor  de  la  UCM  y  ser presentado en la UCM por lo que necesitará autorización específica del Decano de la Facultad de Medicina. 

4. Dependiendo del destino y el caso se podrán guardar partes  de  asignaturas  para  otros  años.

5. En  el  programa  SICUE/Seneca,  los  estudiantes  podrán  obtener  el reconocimiento  de  un  máximo  de  60  ECTS  para  intercambios  de  un  curso académico  (o  la  parte  proporcional  por  estancias  más  cortas).

Excepcionalmente,  se  podrá  ampliar  a  1  ó  2  asignaturas  más  (acuerdo  de  la Conferencia Nacional de Decanos de Medicina).

6. En el programa Erasmus, los estudiantes podrán obtener el reconocimiento de un  máximo  de  66  ECTS  para  intercambios  de  un  curso  académico  (o  la  parte proporcional para estancias más cortas).

7. Independientemente de este límite de créditos obtenidos por reconocimiento, los estudiantes deberán cumplir, además, las normas de totalidad de créditos y características de estudios impuestos por la UCM.

8. Durante  el  periodo  de  movilidad  los  estudiantes  no  podrán  realizar  a  la  vez estudios  en  la  UCM,  excepto  asignaturas  de  años  previos  cursadas  y  no superadas o partes de las asignaturas de Patología Médica (I, II o III) o Patología Quirúrgica  (I  o  II)  con  el  objetivo  de  completar  la  asignatura  cuando  estas partes  no  sean  compatibles  en  la  universidad  de  destino.  Sólo  se  podrán autorizar  otras  asignaturas  específicas  para  algunos  destinos  y  estos  casos  se evaluarán individualmente. En todos los casos, los exámenes se realizarán en la UCM en la convocatoria general del examen.

9. Los alumnos de la Facultad de Medicina no pueden realizar más de una movilidad ERASMSUS+ a lo largo de toda la carrera, con una duración máxima de un curso académico

10. Podrán realizar dos movilidades en las siguientes situaciones:

●      Una movilidad ERASMUS+ y una movilidad SICUE/SÉNECA, pero nunca en años consecutivos.

●      Una movilidad ERASMSUS+ y una movilidad ERASMUS prácticas.

●      Dos movilidades ERASMUS prácticas.

En todos los casos vea el resto de limitaciones, reseñadas en el resto de los puntos.

 

11.- El nivel de idioma requerido para realizar una movilidad ERASMUS será B1 para docencias impartidas en italiano o portugués y B2 para docencias en inglés, francés o alemán.

 

OFICINA ERASMUS


Horario de atención al público: de lunes a viernes de 10,00 a 13,00 horas.

Teléfono: 91 394 13 06

Fax: 91 394 71 55

Correo electrónico: reinmed@med.ucm.es

Web: https://medicina.ucm.es/oficina-erasmus